SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0732/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0732/2004-R

Fecha: 14-May-2004

improcedente

Asimismo, declaró improcedente el recurso con los siguientes argumentos: i) aún no existe procesamiento indebido del recurrente a cargo de un órgano jurisdiccional; ii) el procesamiento indebido se da cuando un órgano jurisdiccional, lesiona alguna garantía del debido proceso; iii) el Ministerio Público no es un órgano jurisdiccional sino administrativo encargado de las investigaciones de los procesos penales (arts. 70 y 277 del CPP), doctrina asentada en la SC 320/2002-R; iv) el recurso de hábeas corpus no constituye el medio legal para hacer cumplir las resoluciones dictadas en otro recurso constitucional, existiendo la normativa penal prevista en el art. 179 BIS del Código penal (CP) denominada “desobediencia a resolución en proceso de hábeas corpus o de amparo constitucional”.