Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0748/2004-R
Fecha: 14-May-2004
Fragmento 13
De tal manera, se ha desnaturalizado la esencia de este amparo, porque uno de los elementos primordiales que lo caracterizan y es inherente a su fundamento mismo, es precisamente la inmediatez de la protección jurídica que se pretende; sin embargo, el demandante ha incumplido con este requisito de buscar la protección jurídica inmediata, inviabilizando ante su negligencia y descuido, por extemporánea, la aplicación de la garantía prevista en el art. 19 de la CPE.