Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0749/2004-R
Fecha: 14-May-2004
III.4.
III.4. Finalmente, respecto de la denuncia sobre la presunta omisión en que incurrieron los recurridos, al no haber determinado nada respecto del imputado cuya ausencia se extrañó en las audiencias de conformación de tribunal, fue subsanada mediante Auto de 10 de febrero de 2004, debiendo concluirse con el trámite previsto por la norma del art. 165 del CPP, no existiendo acto u omisión ilegal o indebida que tuviese que dejar sin efecto al respecto.