SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0765/2004-R
Fecha: 17-May-2004
a)
En la audiencia, el Juez informó lo siguiente: a) en el Juzgado a su cargo se instauró proceso penal seguido por el Servicio Nacional de Migración contra María Tatiana Campos Roca y Ossman Revilla, y una vez pronunciada la respectiva Sentencia, se dio lectura a la misma en audiencia y notificado a las partes, pero no se hizo uso del recurso de apelación, por lo que esa resolución quedó ejecutoriada, librándose luego el mandamiento de condena; b) en cuanto a la parte resolutiva de la Sentencia, María Tatiana Campos Roca fue condenada a la pena de 8 años por la comisión de los hechos delictivos incursos en los arts. 198, 199 y 203 del CP, infiriéndose que existe concurso real de varios delitos, razón por la que se hizo uso del art. 45 del mismo Código; c) los procesos que inició el Servicio Nacional de Migración son asuntos de Estado, por lo que se encontraban guardados con llave bajo responsabilidad del anterior Secretario del Juzgado, y cuando éste fue destituido por el Consejo de la Judicatura, tuvieron que desarchivar los expedientes para agilizar los procesos; d) que de la revisión de obrados se infiere que el edicto fue expedido, pues existe una nota a fs. 35 vta., por la que se deduce que cuando se declaró rebelde a la recurrente, se libró el edicto, pero lo cierto es que por culpa del anterior Secretario, desaparecieron algunas piezas del proceso, entre ellos el edicto de referencia, e incluso se extraviaron varios expedientes de otros procesos, habiendo procedido a reponer muchas piezas, causando enorme perjuicio a las partes litigantes.