Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2004-R
Fecha: 24-May-2004
III.5.
III.5. En cuanto a la supuesta actuación ilegal de la co-recurrida Paola Velasco Gutiérrez, en detrimento del derecho a la libertad del representado del actor, la SC 581/2001-R, de 18 de junio, establece qu: “el recurso de hábeas corpus previsto en el art. 18 de la CPE tutela el derecho a la libertad y se manifiesta como la pretensión del administrado a que le sea respetado el valor libertad por parte del poder público; en consecuencia, el hábeas corpus no procede contra particulares, en cuyo caso se configura el delito de privación de libertad, tipificado en el art. 292 del Código Penal, comportamiento que es objeto de un proceso penal, y no de un Recurso de hábeas corpus”.