Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0780/2004-R
Fecha: 24-May-2004
II.4.
II.4. El mandamiento de allanamiento de fs. 8, fue librado por el Juez de Instrucción y Cautelar a horas cuatro cuarenta a.m. del 5 de abril de 2004, de los datos consignados en el reverso de dicho mandamiento, se tiene que los allanamientos se realizaron a partir de horas 12:30 que fue la primera, 01:00 la segunda y 04:00 la tercera, todas en la madrugada del 5 de abril de 2004, es decir horas antes de que el mandamiento de allanamiento sea emitido por el Juez de Instrucción Cautelar en lo Penal, por lo que este mandamiento de allanamiento no pudo ser utilizado por el recurrido al momento de realizar el operativo en los domicilios de los recurrentes porque aun no había sido expedido.