SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0781/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0781/2004-R

Fecha: 24-May-2004

improcedente

La Resolución 63/2004 de 14 de abril, declara improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: a) la autoridad recurrida dio cumplimiento a lo establecido en el art. 134 del CPP habiendo realizado las conminatorias en dos oportunidades; b) la cesación de la detención preventiva solicitada por el recurrente el 1 de abril de 2004, cuya audiencia debió celebrarse el 12 de abril fue suspendida por baja médica de la Jueza recurrida, estando pendiente el verificativo de una nueva audiencia; c) la autoridad recurrida computó el plazo previsto por el art. 134 del CPP desde la ampliación de la imputación y la notificación por edictos al rebelde; d) los precedentes constitucionales establecen que la etapa preparatoria se computa desde la notificación al imputado con la imputación formal y que la extinción de la acción penal no opera ipso facto; y e) no existe detención o procesamiento indebido por lo que no se han violado derechos ni garantías constitucionales, habiendo cumplido la Jueza con sus funciones específicas.