Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0787/2004-R
Fecha: 24-May-2004
II.2
II.2 La recurrente fue “internada” a horas 23:45 del viernes 2 de abril de 2004 en el Centro de Observación “Albergue Mi Casa”. La Fiscal demandada, aduciendo que la internación fue una “medida de protección”, el 3 de abril requirió al Director del SEDEGES, para que disponga su “egreso” en el día, previa suscripción de garantías de parte de sus padres o tutores, lo cual sin embargo no ocurrió, pese a que se recibió requerimiento en el Centro de Observación a horas 12:00 del indicado día (fs. 31 a 32). Asimismo, la actora prestó su declaración informativa en presencia de su defensor y de la Fiscal, en la que reveló que tenía la edad de 18 años, según acta sin fecha que cursa a fs. 26.