SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0822/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0822/2004-R

Fecha: 26-May-2004

I.1.1.

Kellman Flores y otros, interpusieron demanda sumaria sobre derecho de prelación contra Carmen Catari de Sullcata, proceso en el que la Jueza que conoció la apelación formulada contra la sentencia, anuló y repuso obrados hasta que la Jueza de Instrucción en lo Civil ordene la ampliación previa de la demanda, contra el copropietario del inmueble sobre el cual recae el objeto de la acción. Declarado infundado el recurso de casación interpuesto contra el Auto de Vista pronunciado, la actora amplío la demanda contra Bernabé Sullcata induciendo en error a la Jueza Primera de Instrucción en lo Civil que dictó la providencia de admisión de la demanda por lo que el co-demandado opuso la excepción previa de falta de competencia en razón de la cuantía, además de formular contra los actores demanda reconvencional, actuaciones a las que se adhirió su esposa.

La Jueza de la causa, velando por el saneamiento procesal, declaró probada la excepción de incompetencia en razón de la cuantía, determinación que fue revocada por Auto de Vista dictado por la Jueza Segunda de Partido en lo Civil en tanto que, la Sala Civil Primera de la Corte del Distrito, declaró improcedente el Recurso de Casación y/o Nulidad interpuesto por ellos, con una fundamentación impertinente señalando que los recurrentes no cumplieron con las previsiones de los arts. 253 y 254 del Código de Procedimiento Civil (CPC), lo que carece de relevancia frente  a los preceptos constitucionales puesto que no consideraron que es deber de los jueces y tribunales el cuidar que los procesos se desarrollen sin vicios de procedimiento y que debe anularse de oficio las infracciones que interesan al orden público.