AUTO CONSTITUCIONAL 362/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 362/2004-CA

Fecha: 24-Jun-2004

I.2. Respuesta al recurso

Corrido en traslado el incidente es respondido por el Banco Mercantil S.A. (Suc. Cbba.) representado por su Gerente Alfonso Arze Landivar, argumentando que el recurso no procede por encontrarse el mismo en la etapa de ejecución de la sentencia de 2 de junio de 2002, la que ya fue pasada en autoridad de cosa juzgada y por otra parte, el art. 19 parágrafo II de la Ley 1760 de 28 febrero de 1997, de Abreviación Procesal Civil, se refiere al reconocimiento de firmas y rúbricas, disposición que no tiene absolutamente nada que ver con el presente proceso y menos con la rebaja en la base de remate dispuesta para las subastas declaradas desiertas, infringiendo lo establecido por los arts. 30-4) y 60-1) de la Ley del Tribunal Constitucional, además de que el recurso ha sido interpuesto de manera extemporánea, por lo que solicita se rechace el recurso.