SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0059/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0059/2004

Fecha: 23-Jun-2004

admite

Presentado el recurso, por providencia de 16 de abril de 2004, se corrió en traslado al “Servicio Nacional de Impuestos Internos” (fs. 54) que fue notificado en la misma fecha mediante cédula fijada en tablero de la Secretaría de Cámara de la Sala Social y Administrativa que, al no existir respuesta, mediante Auto Supremo 199 de 24 de abril de 2004, admite el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad en consideración a: 1) “la norma que se pretende someter al régimen de control constitucional a través del recurso interpuesto es el art. 2.a) y b) de la Ley 2626 de 22 de diciembre de 2003, norma que modifica el numeral 1 del inc. a) Pago Único Definitivo, Párrafo I, de la Tercera Disposición Transitoria de l Ley 2492, estableciendo nuevos parámetros para quienes deseen acogerse a dicho pago Único” (sic); 2) “El recurrente, que se encuentra en proceso contencioso tributario con la Administración Tributaria de Oruro, manifiesta su intención de acogerse a dicho Pago Único, en cuyo caso, la decisión final dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma en cuestión, habida cuenta de que se observa la vulneración de los principios constitucionales de Generalidad e Igualdad en la norma referida” (sic).