SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0827/2004-R
Fecha: 01-Jun-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, en representación de Luis Alberto Mamani, manifiesta que el 14 de abril de 2004, a horas 5:00 a.m., efectivos de la PTJ procedieron a la detención de su sobrino Luis Alberto Mamani, por el supuesto delito de allanamiento de un domicilio; que las personas que responden a los nombres de Felicia, Rufina y Patricia Quispe Arancibia, habrían agredido físicamente a su representado y le habrían conducido a dependencias de la Policía, no obstante que Luis Alberto Mamani -su sobrino- se encontraba en dicho domicilio por una invitación de los propietarios del inmueble; sin embargo, la Fiscal recurrida no obstante, de conocer las declaraciones informativas, le puso a disposición del Juez Cautelar de Turno, vulnerando sus derechos a la libertad, debido proceso, seguridad jurídica y defensa. Corresponde determinar en revisión, si son evidentes los extremos denunciados y si corresponde o no otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE)