SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0850/2004-R
Fecha: 02-Jun-2004
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que en el proceso penal que le sigue el Ministerio Público por el delito de transporte de sustancias controladas, se encuentra detenido en el penal de San Pedro desde el 21 de marzo de 2002, es decir más de 24 meses sin que se dicte sentencia ejecutoriada, lo que motivó solicite ante la Corte Superior la cesación de su detención preventiva, mereciendo el proveído de no haber lugar a su petición por haber perdido competencia al dictar el Auto de Vista de 11 de marzo del año en curso, vulnerando de esta manera su derecho a la libertad. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.