Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0920/2004-R
Fecha: 15-Jun-2004
III.2.
III.2. En el caso en estudio, los actos ilegales denunciados fueron cometidos el 17 de junio de 2003, por tanto el plazo razonable de seis meses establecido por este Tribunal para interponer el recurso de amparo constitucional, denunciando la posible vulneración a los derechos constitucionales del recurrente, se cumplió el 17 de diciembre de 2003, mientras que el recurso de amparo recién fue presentado el 1 de abril de 2004, es decir nueve meses y trece días después de la posible conculcación de los derechos denunciados, lo que ocasiona la improcedencia del presente recurso por no cumplir con el principio de inmediatez que lo caracteriza.