Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0959/2004-R
Fecha: 16-Jun-2004
b)
b) El memorial de aviso del inicio de la investigación e imputación formal lo presentó a la Sala Penal a horas 17:30 del 30 de abril del año en curso, antes que transcurran las 24 horas de la detención del recurrente, cumpliendo con lo que dispone la ley. Si el memorial no fue puesto en conocimiento del juez cautelar de turno no es su responsabilidad y ante esta omisión no podía disponer la libertad del imputado ya que no está facultado para el efecto.