SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0959/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0959/2004-R

Fecha: 16-Jun-2004

procedente

La responsabilidad del Ministerio Público no concluye con la presentación de la imputación formal, estando obligado a realizar el seguimiento correspondiente de su solicitud en aplicación de los  arts. 70 y 72 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en ese sentido, el Fiscal recurrido advertido de que no se señaló audiencia dentro de las veinticuatro horas de que presentó la imputación debió hacer su representación; asimismo al verificar que la detención del imputado en celdas policiales se prolongó por más de sesenta horas, debió exigir la reparación de la vulneración de la garantía constitucional establecida en el art. 16-II de la CPE, por lo que al no haber asumido sus obligaciones vulneró los derechos constitucionales del actor consagrados por los arts. 9, 11 y 13 de la Constitución Política del Estado ( CPE).