Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0996/2004-R
Fecha: 25-Jun-2004
II.2.
II.2. El 26 de mayo de 2003 el Banco coactivante solicita oficios para que se extiendan certificaciones y propone perito para determinar el valor del inmueble dado en garantía (fs. 31 y vta.); el 30 de mayo el Juez de la causa decreta “Con noticia contraria se acepta el peritaje propuesto…” (fs. 32). El recurrente es notificado mediante cédula el 27 de junio de 2003 (fs. 33).