SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1004/2004-R
Fecha: 30-Jun-2004
III.2.
III.2. Por último, es menester precisar que como lo precisa la SC 1036/2002-R la duración máxima de tres años del proceso oral concebido como una unidad, considerando las tres etapas: preparatoria, juicio y recursos (apelación restringida y casación), término que se computa desde el primer acto del procedimiento, es decir, desde la notificación con la primera imputación formal; aspecto que debe ser considerado por el Ministerio Público al momento de realizar sucesivas imputaciones sobre la razonable administración del tiempo dentro del cual debe concluir el proceso en todas las etapas lo que exige de su parte una adecuada dirección funcional de la investigación para determinar en forma responsable las medidas oportunas que debe tomar para lograr la eficacia del ejercicio correcto del ius puniendi estatal; con las consecuencias que ello conlleva para el sentimiento de seguridad jurídica general de la comunidad.