Sentencia: 1096/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1096/2004-R

Fecha: 20-Jul-2004

las funciones generales corresponden al nivel ejecutivo, y las tareas operativas específicas

El objeto de la delegación de responsabilidades y funciones es precisamente evitar que cuestiones locales o regionales, determinadas o de rubro específico, lleguen innecesariamente a autoridades que fungen como cabeza de sector, aspecto que llevaría a congestionar la administración pública. Se trata entonces de una cuestión de eficiencia y eficacia, en el entendido de que el Presidente, los Ministros y los Viceministros, se encargan de la conducción ejecutiva de su sector o área; las tareas encargadas a cada funcionario están a su vez pensadas en el nivel de responsabilidad directa sobre determinados asuntos; en otras palabras, las funciones generales corresponden al nivel ejecutivo, y las tareas operativas específicas así como la responsabilidad por su realización, corresponden a otros niveles operativos en el caso nuestro, al Director General del Régimen Penitenciario. Entendiendo como lo hace la SC 1096/2004-R, el problema de maestros y médicos empleados despedidos, tendría que ser resuelto por el Ministro del ramo o en su caso por el Presidente de la República.

-  Planificar, organizar y fiscalizar el Sistema Nacional Penitenciario de Supervisión; coordinar con los organismos competentes la planificación de la política criminal en cuanto a la prevención y tratamiento del delincuente; suscribir Convenios con Organismos Estatales o Privados para el mejor funcionamiento del régimen penitenciario; coordinar con los Ministerios de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Salud y Previsión Social, Ministerio de Educación, Ministerio de Trabajo la programación y ejecución de acciones dirigidas a los establecimientos penitenciarios del país, preparar anualmente el anteproyecto de presupuesto, gestionar créditos y donaciones con países y organismos extranjeros. Todo ese cúmulo de atribuciones posibilita al Director General del Régimen Penitenciario a diseñar, gestionar y ejecutar con independencia, las políticas más convenientes en el Sistema Nacional Penitenciario y de Supervisión; se ven entre sus atribuciones la planificación, preparar el anteproyecto del presupuesto, gestionar créditos, coordinar con otros Ministerios Prefecturas y Gobiernos Municipales acciones que beneficien al Régimen Penitenciario, y autónomamente seleccionar, capacitar y nombrar a su personal.