SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0067/2004
Fecha: 13-Jul-2004
III.2.
Procedimiento Administrativo “Nº” 2341 de 23 de abril de 2002, que entró en vigencia a los quince meses de su publicación, en mérito a la Disposición Final Segunda de la misma Ley, que señalaba su entrada en vigencia a los doce meses de su publicación; plazo que posteriormente fue ampliado por el período de tres meses adicionales, por mandato del art. 15 de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo.
El ámbito de aplicación comprende, entre otros, como indica el art. 2.I de la LPA a la Administración Pública, la cual ajustará todas sus actuaciones a las disposiciones de la Ley de Procedimiento Administrativo, entendiéndose que a los efectos de la misma, la Administración Pública se encuentra conformada por:
b) Gobiernos Municipales y Universidades Públicas. Por último, a través de su Disposición Transitoria Primera, parágrafo I, otorgó un plazo que luego fue ampliado por disposición del art. 15 de la LOPE, para que el Poder Ejecutivo proceda al análisis y presentación de los proyectos reglamentarios para cada sistema de organización administrativa, conforme al art. 2 de la LPA, expresando en su parágrafo II que en tanto se dicten las disposiciones reglamentarias en el numeral I, los sistemas de regulación del SIRESE, SIREFI y SIRENARE, aplicarán los procedimientos administrativos consignados en sus disposiciones legales sectoriales correspondientes.