SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0067/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0067/2004

Fecha: 13-Jul-2004

III.4.

            26607 de 20 de abril de 2002 (cuya parte in fine del segundo párrafo fue demandado de inconstitucional), al establecer un procedimiento que debe seguir el Superintendente de Electricidad para aplicar una sanción cual es la reducción en las remuneraciones del Distribuidor de energía eléctrica, ha quedado tácitamente derogada por el parágrafo X de la Disposición Única  abrogatoria y derogatoria del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial -SIRESE, aprobado por DS 27172 de 15 de septiembre de 2003, que a partir de esa fecha se constituye en el único procedimiento administrativo sancionador a ser aplicado para el SIRESE, en el que se encuentra incluida la Superintendencia de Electricidad.

Consiguientemente, al no estar vigente la norma impugnada de inconstitucional, no existe en absoluto contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo del presente recurso, por cuanto el objeto del mismo es determinar si las normas legales vigentes contradicen o no la Constitución, lo que no sucede en el caso presente donde la norma jurídica impugnada ha sido derogada tácitamente, extremo que deberá hacerse valer por la parte interesada en el recurso jerárquico que tiene interpuesto.