SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1002/2004-R
Fecha: 01-Jul-2004
improcedente
Concluida la audiencia, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz, de acuerdo con el dictamen del Representante del Ministerio Público, declaró improcedente el recurso sin costas, multas, daños ni perjuicios, fundamentando que: a) el amparo es un recurso constitucional contra los actos ilegales u omisiones indebidas de autoridades, funcionarios o particulares que amenacen suprimir, o restringir o en su caso supriman y restrinjan derechos y garantías reconocidos por la Ley Fundamental y procederá cuando no hubiere otro medio o recurso para la protección inmediata de dichos derechos y garantías; b) en el caso presente se busca la tutela de los derechos a la libertad y locomoción, alegando trabas burocráticas en sus trámites de arraigo; empero, al tener estos derechos otro recurso expedito para lograr su tutela como es el recurso de hábeas corpus, los recurrentes equivocaron la vía y por ello este amparo debe ser declarado improcedente; sin embargo, llamaron la atención a la autoridad recurrida por dilatar los trámites de personas que buscan obtener su libertad pero que se ven entrabados por trámites burocráticos que mínimamente sólo deben durar veinticuatro horas.