SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1011/2004-R
Fecha: 02-Jul-2004
III.2
III.2 Del expediente se evidencia que dentro de ese marco legal el Gerente de la Empresa, designó al Sumariante en la persona de Mario Cruz, quien emitió el Auto de Apertura de proceso, disponiendo el procesamiento del recurrente, señalando el día para su declaración informativa y el término de prueba instando a que presenten los descargos correspondientes, por lo que el recurrente pudo hacer valer todos sus derechos ante dicha autoridad, como presentar pruebas de descargo y contrainterrogar a los testigos, pues nada le impidió hacerlo, verificándose que la sustanciación del sumario se desarrolló conforme a Ley y dentro de los plazos previstos, pues no existe en obrados prueba que demuestre que las autoridades recurridas hubieran vulnerado el derecho a la defensa del recurrente, menos la presunción de inocencia, la seguridad jurídica, la garantía del debido proceso y su derecho al trabajo del que fue destituido por la comisión de hechos sancionados por Ley que dieron lugar a su destitución previo proceso; por otra parte no es evidente que hubiera prestado su declaración informativa sin la presencia de su abogado puesto que del acta de su declaración se evidencia que su abogado defensor estuvo presente y que asumió defensa en todas las instancias en las que pudo hacer valer todos sus derechos.
Lo mismo ocurre durante el recurso de revocatoria, en el que se constata el cumplimiento de la normativa en vigencia, comprobándose por el contrario que el recurrente desde el sumario asumió su defensa agotando todos los medios y recursos previstos por Ley hasta llegar al recurso jerárquico que fue legalmente sustanciado.