SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1026/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1026/2004-R

Fecha: 06-Jul-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 12 de mayo de 2004, cursante de fs. 4 a 5 de obrados, el recurrente asevera que dentro de la denuncia interpuesta por Sandra Tereza Zegarra Ponce en su contra por el supuesto delito de lesiones leves, el 04 de octubre de 2003, la Fiscal de Materia recurrida presentó imputación formal en su contra, por el indicado delito ante el Juez recurrido, no obstante que el 4 de abril de 2004, se extinguió el plazo para que formule acusación, sin que el recurrido conmine al Fiscal de Distrito para presentar acusación en el plazo de cinco días, conforme lo establece el art. 134 del Código de procedimiento penal (CPP), la Fiscal de Materia, creando su propio procedimiento y usurpando la jerarquía del Fiscal de Distrito presentó en forma extemporánea acusación en su contra, a nueve días de haber vencido la etapa preparatoria, actuación que es nula de pleno derecho, según lo determinan los arts. 31 de la Constitución Política del Estado (CPE), 30 de la Ley de Organización Judicial (LOJ) y 9 del Código de procedimiento civil (CPC), por cuanto el art. 29 de la CPE determina que sólo el Poder Legislativo tiene facultad para alterar y modificar los códigos, razón por la cual interpone el presente recurso demandando se guarden las formalidades legales, al encontrarse indebidamente perseguido y procesado.