Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1046/2004-R
Fecha: 07-Jul-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado del recurrente ratificó los fundamentos de la demanda y los amplió señalando que para la audiencia de medida cautelar se debió notificar en su domicilio procesal señalado en la demanda, argumento que sustenta con lo resuelto en las SSCC “10/2004, 111/1999-R, 322/1999-R”. Concluyó solicitando que se presente el cuadernillo de investigación para que se evidencie que se fijó domicilio procesal