SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1070/2004-R
Fecha: 06-Jul-2004
I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
Habiendo sido sorteado el presente recurso el 24 de mayo de 2004, el Magistrado Relator en uso de las facultades conferidas por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), requirió a la Comisión de Admisión solicite documentación adicional, la que fue requerida mediante AC 322/2004-CA de 8 de junio, disponiéndose a su vez la suspensión del cómputo del plazo para el pronunciamiento de la Sentencia hasta la recepción de la documentación solicitada.
Por decreto de 21 de junio de 2004, la Comisión de Admisión de este Tribunal, remite a despacho del Magistrado Relator la documentación solicitada, disponiéndose la reanudación del cómputo del plazo, siendo la fecha de nuevo vencimiento el 6 de julio del año en curso; por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo establecido por Ley.