Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1119/2004-R
Fecha: 20-Jul-2004
II.4.
II.4. El 9 de octubre de 2003, los jueces técnicos del Tribunal Segundo de Sentencia dispusieron la anotación preventiva del inmueble registrado bajo la matrícula 3.01.1.99.0001369 de propiedad de los condenados, Julio Torrico Lazarte y María Pura Soliz de Torrico, dejando sin efecto la medida jurisdiccional dispuesta por “Auto de 2 de los corrientes” sobre la matrícula 3.01.1.99.00013369 ( fs. 65).