SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1142/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1142/2004-R

Fecha: 23-Jul-2004

a)

El Juez recurrido señaló en la audiencia que: a) dentro del proceso penal seguido en contra de los recurrentes, cuyo Auto de admisión de demanda es del 25 de agosto 2000, se han producido varias suspensiones al recibir las declaraciones confesorias de los procesados, así como para recibir la instructiva jurada de la parte civil, por lo que se conminó a los inasistentes para que concurran a la instructiva jurada, ya que por turno ha ido faltando a las diferentes audiencias, dilatando el proceso para que prescriba el 31 de mayo; b) cursa en obrados la advertencia de procederse con la medida disciplinaria del arresto previsto en el art. 91 inc. 6) del Código de procedimiento penal de 1972 (CPP.1972), habiéndose expedido los mandamientos por su indisciplina; c) no es necesario solicitud de partes para que su autoridad disponga cualquier medida, conforme lo dispone el art. 239 del CPP.1972, con lo que demuestra que ciñó sus actos a la ley. Solicitó que se declare la improcedencia del recurso.