Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1170/2004-R
Fecha: 27-Jul-2004
II.6.
II.6. En el informe 00/04 de 14 de mayo de 2004, del Secretario de Estado Mayor Policial dirigido al Sub-Comandante General y Jefe de Estado Mayor de la Policía Nacional, consta que la solicitud de reincorporación del recurrente se encuentra en conocimiento del Estado Mayor de la Policía Nacional, con el registro 370 de 28 de mayo de 2003, para ser analizada y considerada de conformidad al art. 67 del Reglamento de Personal de la Policía Nacional (fs. 40).