SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1182/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1182/2004-R

Fecha: 30-Jul-2004

improcedente

Por Resolución de 17 de junio de 2004, cursante de fs. 39 a 40, se declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: a) el art. 18 de la CPE establece que puede demandarse de hábeas corpus por persecución indebida, detención, procesamiento o por encontrarse preso, en el caso presente, no se da ninguna de las cuatro figuras al no encontrarse la recurrente, perseguida, detenida procesada o presa; b) existe denuncia contra la recurrente por la supuesta comisión de los delitos de hurto, robo y estelionato, habiendo el Ministerio Público en uso de las atribuciones que le confiere la ley dado curso a las investigaciones, las que se inician con la citación de la persona denunciada; por lo que el hecho de no haberse comunicado al Juez Cautelar, no significa que esté perseguida, detenida o procesada indebidamente, simplemente es un error, que da lugar a un amparo constitucional, porque la garantía de su libertad no se encuentra amenazada.