SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1195/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente sostiene que la Autoridad judicial demandada vulneró sus derechos a la libertad, a la defensa y al debido proceso, bajo el argumento de que la Autoridad judicial recurrida, no tramitó ni resolvió la cuestión previa de falta de tipicidad que opuso de su parte, sino que dictó Sentencia condenatoria imponiéndole la pena máxima de cinco años a ser cumplida en el penal de San Pedro de Chonchocoro sin considerar atenuantes. También declaró ejecutoriada la Resolución en base a notificaciones efectuadas irregularmente y libró el mandamiento de condena sin procederse a la notificación previa con el respectivo decreto. Por lo que corresponde considerar lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.