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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1231/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1231/2004-R

    Fecha: 30-Jul-2004

    III.4

    III.4   Por otra parte, el hecho de que se considere que el convenio suscrito con la empresa recurrente es contrario a los intereses de la comunidad, no justifica en absoluto el haber asumido las medidas de hecho denunciadas, pues los recurridos cuentan con los medios y recursos legales franqueados por ley para que, en su caso, se proceda a la revisión de ese documento.

    • recurso
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3.   Personas recurridas y petitorio
    • a)
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.      FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4
    • APROBAR

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