SENTENCIA CONSTITUCIONAL1188/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
A través del memorial presentado el 7 de mayo de 2004 (fs. 41 a 43 vta.), la recurrente manifiesta que tanto su persona como sus mandantes prestaban sus servicios profesionales en el INBOPIA, institución pública descentralizada con dependencia directa del Ministerio de Desarrollo Económico, así como con dependencia lineal del Viceministerio de Micro Empresa y Pequeño Productor.
Agrega que sus mandantes y su persona fueron designados por el entonces Director General Ejecutivo del INBOPIA entre octubre de 2002 y mayo de 2003, pero pese a haber desempeñado sus funciones con responsabilidad y eficiencia, el actual Director Ejecutivo, designado en marzo de 2004, cometió varios actos ilegales en contra de los hoy recurrentes, con el único propósito de retirarles de sus fuentes de trabajo, y sustituirles por personas sin ninguna experiencia en ese tipo de trabajo.
Señala que el 29 de marzo de 2004, acudieron ante el recurrido solicitando la revocatoria de los memorándums de 3 y 9 de marzo de 2004 por los que instruyó la entrega de informes de actividades a personas extrañas a la institución, así como la concesión de la vacación en fechas diferentes a las acordadas, respectivamente, pero no obtuvieron respuesta; que, posteriormente, entre el 1 y el 20 de abril de 2004, el recurrido expidió los memorándums de despido contra la actora y sus mandantes, alegando razones de reordenamiento administrativo, por lo que el 20 de ese mes elevaron reclamo ante el Ministro de Desarrollo Económico, pidiendo que instruya su inmediata reincorporación en sus fuentes de trabajo, aunque hasta la fecha tampoco obtuvieron ninguna respuesta.