AUTO CONSTITUCIONAL 0067/2004-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0067/2004-ECA

Fecha: 02-Ago-2004

II.2.

II.2.    En el caso de autos,  los Ministros co-recurridos ahora impetrantes, pretenden que el Tribunal Constitucional modifique los fundamentos de la SC 1020/2004-R,  tomando en cuenta las argumentaciones vertidas en su memorial de solicitud de  complementación y enmienda,  lo que derivaría  en un cambio sustancial de la parte resolutiva  del fallo,  extremo no admitido  por ley, dado que -conforme lo dispone la norma anotada en forma precedente- en mérito al pedido de complementación, enmienda y aclaración,  únicamente se pueden explicar  conceptos oscuros, corregir errores materiales o subsanar omisiones siempre y cuando no afecten el fondo de la decisión, aspecto muy diferente al hoy solicitado resumido en el petitorio del  memorial de   21 de julio, en el que las autoridades judiciales demandadas claramente solicitan “la reposición del principio de subsidiariedad que debe prevalecer en el Recurso de Amparo Constitucional”, lo que importaría cambiar la determinación de procedencia por la improcedencia, cuando la SC 1020/2004-R, se explica por si sola al contener  fundamentos jurídicos expresos y categóricos para la resolución asumida, sin que sea posible en Derecho el cambio solicitado por los impetrantes.