SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0097/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0097/2004

Fecha: 31-Ago-2004

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente impugna la RTA 008/04, dictada sin competencia alguna por el Alcalde Municipal de El Alto,  que en la parte resolutiva dispone que se acuda a la vía jurisdiccional para proseguir con el cobro de la multa que se le impuso por una supuesta violación al Reglamento USPA, dentro de un irregular proceso técnico administrativo, aduciendo el cumplimiento de la SC “0001/04”. Señala que a quien corresponde ejecutar las Resoluciones de imposición de multas es al Juez de primera instancia, o sea, al Director del Área Técnica, por lo que no corresponde remitir antecedentes a la justicia ordinaria para esa finalidad. En consecuencia, corresponde analizar lo planteado y determinar si la autoridad recurrida al dictar la Resolución que se cuestiona ha actuado con jurisdicción y competencia, o por el contrario ha incurrido en los preceptos jurídicos previstos por los arts. 31 CPE y 79.II de la LTC, a fin de declarar fundado o infundado el recurso.