SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1234/2004-R
Fecha: 03-Ago-2004
III.3
III.3 Por otra parte, al existir fallos ejecutoriados favorables a los intereses de la los representados de la actora, éstos, si es pertinente, podrán acudir ante las autoridades que conocieron dichos procesos para exigir su cumplimiento y pedir el respeto de su derecho propietario si el terreno en cuestión estuviera incluido en los predios protegidos por dichas resoluciones, e incluso si no lo estuviera, pueden acudir a la vía penal o a la vía interdicta como ya lo hicieron en casos anteriores, ó también la vía ordinaria para lograr el reconocimiento de su derecho propietario, sin que pueda ser factible utilizar en forma alternativa de los indicados medios legales, la presente acción tutelar, pues hacerlo sería desconocer el carácter subsidiario del Amparo, como ha reconocido la uniforme jurisprudencia contenida en las SSCC 1288/2003-R, 1287/2003-R, 1239/2003, 1288/2003-R, 1245/2003-R, 1217/2003-R y 1183/2003, entre otras.