Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1284/2004-R
Fecha: 10-Ago-2004
II.1.
a) Que como medida de presión iniciaron una huelga de hambre, habiéndose determinado por el Comité de huelga y los participantes en la misma, sancionar a los compañeros que no se sumaron a esa medida de presión con una multa de Bs100.- por día de ausencia; decisión que fue dada a conocer al Director del SEDES y a la Sra. Administradora.