Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1293/2004-R
Fecha: 10-Ago-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó su demanda y la amplió señalando que la propiedad la adquirió de la Alcaldía el año 1988. Si bien cursa un informe contradictorio del Director Jurídico de la Prefectura en sentido de que ex autoridades de CORDEPANDO le hubieran manifestado verbalmente que se había cancelado el precio del inmueble, hasta la fecha no se ha recibido una información confirmatoria sobre ese extremo.