SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1308/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
improcedente
La Resolución cursante de fs. 156 a 157 vta., pronunciada el 27 de mayo de 2004 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, declara improcedente el recurso, con costas y sin multa por ser excusable, bajo estos fundamentos. 1) la Sentencia dictada por el Juez recurrido establece como un hecho no probado la existencia de sobreposición del derecho propietario del fundo agrario "El Esfuerzo" sobre el derecho propietario del recurrente sobre la propiedad "Polonia", motivo por el que se declaró probada en parte la demanda, disponiendo que a efectos de determinar los límites reales de ambas propiedades el INRA continúe con el proceso de saneamiento, lo que supone que en dicho proceso no se evidenció el ingreso, posesión y/o la ocupación violenta e ilegal del fundo rústico de propiedad del mandante del recurrente por los esposos Walter Alí Parada y Fidelia Moisés de Ali, motivo por el que la autoridad recurrida no puede librar el mandamiento solicitado; 2) no corresponde al Tribunal de garantías establecer hechos que no lo han sido dentro del proceso agrario que motiva el presente recurso; 3) si la Sentencia de 7 de enero de 2002 desamparó el bien jurídico tutelado como argumenta el recurrente éste pudo utilizar la vía de impugnación prevista por el ordenamiento jurídico, no pudiendo utilizarse el amparo en sustitución del mismo.