Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1329/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
APROBAR
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE y arts. 7.8ª y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución de fs. 177 a 179 de 11 de junio de 2004, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cochabamba, con la modificación de que no se condena a costas ni multas por ser excusable en razón a que no se resuelve el recurso en el fondo.