Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1333/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se ha lesionado los derechos establecidos en los arts. 7 inc. d) y 40 e infringido el 31 de la CPE por cuanto los miembros del Comité Electoral para la elección de los representantes de la comunidad al Directorio de SEMAPA, al no poder excluirlo del proceso, emitieron la Resolución 06/2004 de 5 de mayo, por la que, sin competencia, anularon la convocatoria de 21 de marzo lanzada por la Alcaldesa y Presidenta del Directorio de SEMAPA, y determinaron el cese de sus funciones, ilegalmente y modificando el Estatuto de la entidad. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.