Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1340/2004-R
Fecha: 19-Ago-2004
Fragmento 5
A su turno el Juez Séptimo de Partido en lo Penal, Carlos René Roca Rivero, manifestó al dictar el Auto de Vista falló dejando claro que respetaba la jurisdicción subjetiva que tiene todo Juez para pronunciarse sobre determinado asunto, al hacer eso no cometió acto ilegal ni omisión alguna, que vulnere el derecho a la libertad del recurrente.