Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1340/2004-R
Fecha: 19-Ago-2004
III.1.
III.1.El art. 18 de la CPE, dispone que el recurso de hábeas corpus, tiene por finalidad esencial garantizar la libertad personal y de locomoción, y procede cuando una persona creyere encontrarse indebida e ilegalmente perseguida, procesada o presa, siendo necesario recalcar que cualquiera de estas situaciones deben estar estrechamente vinculadas con el derecho a la libertad individual.