SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1361/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
III.3.
III.3.En lo concerniente a la presunta omisión por parte del Director del Proyecto CAT SAN Trópico Cochabamba, que -según la demanda- habría negado incluir al actor en las listas para la realización del saneamiento, en el cuaderno procesal remitido a este Tribunal se evidencia la nota remitida por el Director Departamental del INRA, solicitando tomar en consideración a Raúl Noguera en el proceso técnico jurídico aludido, sin que exista literal alguna que pruebe que el Director del Proyecto citado haya negado hacerlo. Por ende, el recurrente no ha demostrado su denuncia en relación a ese extremo, por lo que el amparo es improcedente contra Bernabé Leal Quiroz, Director del proyecto CAT SAN Trópico.