SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1361/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
procedente
La Resolución cursante de fojas 40 a 44, pronunciada el 19 de mayo de 2004, por el Juez de Partido de Totora, Distrito Judicial de Cochabamba, declara procedente el recurso y ordena que los recurridos se abstengan de cometer actos ilegales y respeten los derechos y garantías del recurrente, con daños y perjuicios, bajo el fundamento que “los hechos denunciados por el recurrente no dejan de ser evidentes, ya que son reconocidos y admitidos indirectamente por los recurridos”, cuyos actos resultan ser ilegales y arbitrarios, por cuanto a nadie le está permitido impedir el libre acceso y salida a su domicilio y a su propiedad, mucho menos al libre tránsito por los caminos por ser vías públicas, más aún obligar al pago de tributos y demás contribuciones que no son reconocidas por la ley.