SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1391/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1391/2004-R

Fecha: 30-Ago-2004

III.5.

III.5. La línea jurisprudencial citada, es aplicable al caso en examen, por cuanto, el ahora recurrente solicita a través del presente recurso, se disponga la nulidad de la RA 001/2002 de 22 de abril, así como la suspensión del proceso iniciado en su contra en la vía ordinaria, emergente de la Resolución citada; la misma que fue dictada el 22 de abril de 2002 por el Tribunal Administrativo de COSSMIL, al resolver el recurso de apelación planteado; Resolución con la que, el ahora recurrente fue notificado el 11 de julio de 2002 -conforme afirma en sus propios memoriales cursantes de fs. 26 a 28 y 29 a 31-; quien desde esa fecha, dejó transcurrir más de un año y ocho meses para denunciar las supuestas irregularidades que se habrían cometido en el proceso administrativo interno seguido en su contra, toda vez que el actor, accionó en defensa de sus derechos, recién en fechas 18 de marzo de 2004 ante el Comandante General de Ejército y el 5 de abril de 2004 ante el Ministro de Defensa, es decir, después de más de un año y ocho meses; consecuentemente, está establecido que por  negligencia propia no presentó sus reclamos oportunamente, pretendiendo ahora que dicha omisión sea subsanada por medio del recurso de amparo, sin considerar que el mismo, no puede ser utilizado para tal fin; máxime, si se tiene en cuenta que el recurrente interpuso el presente amparo el 14 de junio de 2004, es decir, después de más de un año y once meses de haber tomado conocimiento de la RA 001/2002 de 22 de abril.