SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1428/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1428/2004-R

Fecha: 03-Sep-2004

Iniciado el juicio oral,

         En la misma línea de razonamiento -competencia para ordenar traslados y cualquier otro incidente a partir de la ejecutoria de la sentencia condenatoria-  la SC 554/2004-R,  ha declarado que: “De las disposiciones anotadas, se concluye que (...) Iniciado el juicio oral, que es la fase esencial del proceso y se realiza sobre la base de la acusación, conforme indica el art. 329 del CPP, es competente para conocer todas las incidencias del proceso y determinar lo que corresponda respecto a la situación jurídica del procesado el Tribunal o el Juez de Sentencia”.