SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1444/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1444/2004-R

Fecha: 07-Sep-2004

III.3

III.3 Salvada esa posible objeción, se ingresa al análisis anunciado indicando que respecto a la previsión contenida en el art. 245 del Código de procedimiento penal (CPP) referido a que la libertad sólo se hará efectiva luego de haberse otorgado la fianza, este Tribunal ha establecido que el indicado precepto únicamente puede ser aplicado a los supuestos en que el imputado hubiera estado detenido preventivamente en virtud de una resolución judicial debidamente fundamentada, concediéndole en forma posterior la cesación de su detención, sustituyéndola con una fianza real, por presentarse alguno de los casos establecidos en el art. 239 del CPP; criterio asumido en las SC 1136/2004-R, 1479/2002-R, 903/2002-R, 152/2002-R, 1194/2000-R, entre otras.