SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1459/2004-R
Fecha: 13-Sep-2004
IMPROCEDENTE
La Resolución 30/2004 cursante de fs. 26 a 27, pronunciada el 31 de julio de 2004 por el Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, declaró IMPROCEDENTE el recurso, con el siguiente fundamento: a) el recurrente se apersonó al proceso señalando su domicilio, sin embargo al no haberse vuelto a presentar correspondió su citación mediante edictos y su declaratoria de rebeldía conforme a lo previsto por los arts. 250 y 253 del CPP1972, designándose abogado de oficio; b) que si bien las Sentencias constitucionales invocadas por el recurrente son vinculantes, es necesario dejar claramente establecido que el recurrente tenía conocimiento del proceso y que la rebeldía fue producto del abandono de la acción, por lo que no es evidente la violación de los derechos y garantías que invoca.