SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1470/2004-R
Fecha: 14-Sep-2004
1)
A través de su abogado en audiencia señaló: 1) el 1 de junio de 2004, el recurrente presentó un memorial adjuntando una liquidación de la Dirección del Trabajo por la suma de Bs102.602.- que supuestamente se le adeudaría por concepto de haberes desde diciembre de 2002 hasta abril de 2004; 2) el 18 de junio presentó otro memorial reiterando su solicitud que ha tenido el tratamiento correspondiente en la vía administrativa; 3) el actor no ejerció efectivamente el cargo de Alcalde, pues fue suspendido y estuvo recluido en un penal; 4) fueron citados al Ministerio del Trabajo, a donde el indicado no se presentó a la audiencia conciliatoria, pudiendo asimismo acudir a la judicatura del trabajo; 5) su solicitud actualmente se encuentra en pleno trámite, habiéndose elaborado un informe que será remitido al Concejo.